jueves, 5 de noviembre de 2020

La ordenanza del Polo Ambiental no puede ser un cheque en blanco para el intendente

 

En la última sesión del Concejo Deliberante tomó estado deliberativo el proyecto de ordenanza 5396 sobre el denominado “Polo Productivo Ambiental”.

Luego de cuatro carillas en donde se plantean considerandos en términos generales para fundar el proyecto, y sin dar ningún tipo de precisiones, se da paso a una escueta parte dispositiva de dos artículos.

Por el primero de ellos, se autoriza el ingreso de residuos sólidos urbanos al distrito, bajo ciertos requisitos, en lo que pareciera entenderse como una suerte de excepción implícita a lo que determina la Ordenanza N° 3418.

Por el segundo artículo, el Concejo Deliberante autoriza al intendente a “firmar los convenios y contratos necesarios para la erradicación del basural a cielo abierto del municipio de Chascomús y la ejecución y puesta en marcha del Polo Productivo Ambiental”, sin dar mayores explicaciones, precisiones o alcances de esos convenios.

No cabe duda de que para suscribir convenios de esta naturaleza se requiere la autorización del cuerpo deliberativo, tal como señala el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Así lo ha entendido además la doctrina de la Asesoría General de Gobierno en numerosos y variados dictámenes, señalando que los convenios “requieren en todos los casos autorización del Concejo Deliberante para su formalización por el Ejecutivo Municipal” (dictamen del 15 de noviembre de 2018, HCD Tandil) y que los convenios pueden autorizarse “previo a la efectiva celebración del convenio o una vez suscripto por las partes” y en este último caso el convenio será siempre “ad referéndum de su convalidación o aprobación por parte del Concejo Deliberante” (dictamen del 15 de abril de 2019, Intendencia de Rojas).

Esa autorización previa del Concejo Deliberante tiene una finalidad muy importante: las consecuencias e implicancias para el Municipio (económicas, jurídicas, sociales, políticas, etc.) respecto a la aplicación de dichos convenios, por su eventual gravedad, deben ser aceptadas y convalidadas por los representantes del todos los vecinos, esto es, los concejales.

Y eso sólo puede hacerse si los concejales saben qué es lo que autorizarán al intendente a suscribir, ya sean las condiciones de los convenios, las obligaciones y responsabilidades que asumirá el municipio, las eventuales erogaciones que deberá afrontar el erario público, entre otras cuestiones de importancia.

Pero en este proyecto de ordenanza nada de eso ha ocurrido, sino todo lo contrario.

El Departamento Ejecutivo ha solicitado una autorización absolutamente genérica para suscribir todo tipo de instrumento con tal de sea para “la erradicación del basural a cielo abierto” y la “ejecución y puesta en marcha del Polo Productivo Ambiental”.

De esta manera, si el Concejo concediera este tipo de autorización genérica, el intendente tendría vía libre para suscribir cualquier tipo de convenio sin que los concejales tuvieran siquiera el conocimiento previo de qué es lo que se firmaría y cuáles serían las condiciones de dichos convenios, y bajo el paraguas del Polo Productivo Ambiental

Es de esperar que el Concejo Deliberante exija que cada convenio que el Departamento Ejecutivo tenga intenciones de suscribir con relación a esta importante cuestión sea girado, en su redacción definitiva y de forma previa, al cuerpo legislativo local para que sea analizado a conciencia, y que todos los vecinos de Chascomús sepan claramente cuáles son las obligaciones y compromisos que asumirá a futuro nuestro municipio.

De otra manera, una amplia y genérica autorización a suscribir convenios como la que plantea este proyecto de ordenanza se transformará en un verdadero cheque en blanco que el Concejo Deliberante entregará al intendente, y en este tema tan sensible, no puede permitirse.

miércoles, 21 de octubre de 2020

Debe darse intervención al Consejo Asesor de Patrimonio en la cuestión del "Edificio del Turista" de Chascomús

En estos últimos días se ha desatado el debate respecto del cambio de destino de la construcción conocida como “Edificio del Turista”, ubicado en la costanera frente a la plazoleta “Atilio Bramuglia”, en donde, finalizadas ya todas las concesiones comerciales, se instalarían oficinas del municipio para alojar parte de la estructura burocrática local.

En declaraciones posteriores, también se señaló que existiría la intención de instalar un museo evocativo de nuestro convecino Raúl Alfonsín.

La iniciativa recibió amplias críticas, fundamentalmente por la desnaturalización del destino del inmueble, nunca pensado para ser ocupado por oficinas administrativas, sino para el fomento del turismo en nuestra ciudad.

Ante este estado de cosas, es importante señalar que el Edificio del Turista se encuentra incluido en el listado preliminar de bienes susceptibles de ser catalogados como Bien de Valor Patrimonial, figura que se creó a través de la Ordenanza N° 4290 de protección patrimonial para proteger a todos los bienes que sean referencia para la identidad local, como es el caso claramente del edificio en cuestión, que conforma un conjunto de interés patrimonial junto al espigón de pesca “Domingo Cazaux” (es de destacar que en el trabajo “Municipio de Chascomús: Estrategias para la conservación del patrimonio a través de un desarrollo turístico sustentable”, del Laboratorio de Investigaciones del Territorio y el Ambiente de la Comisión de Investigaciones Científicas, se lo identificó como un edificio institucional con valor patrimonial).

Esta particular característica hace que cualquier intervención que se pretenda hacer actualmente en el lugar y que desnaturalice su fin merezca la intervención previa del Consejo Asesor Permanente para la Protección del Patrimonio, creado por aquella ordenanza y que entre sus atribuciones cuenta con la de “velar por la preservación, conservación, puesta en valor, y difusión de los bienes de valor patrimonial así como también áreas o lugares de valor y/o significación histórico-cultural, urbanístico, rural o ambiental del Partido de Chascomús”.

Por otra parte, no deja de ser ilustrativo, a modo de importante antecedente histórico, que cuando en el año 1957 la Dirección de Turismo y Parques de la provincia de Buenos Aires transfirió precariamente el inmueble a la Sociedad de Fomento “Amigos de Chascomús” para su explotación, lo hizo “en condiciones tales que se cumplan ampliamente los objetivos tenidos en cuenta en oportunidad de su construcción” y con la condición de “que cualquier modificación o ampliación del edificio y sus adyacencias, deberá motivar la previa intervención de la Dirección de Turismo y Parques la que, a su vez, someterá los trabajos proyectados a los organismos oficiales que correspondan, para que dictaminen sobre el particular, sin cuya aprobación no podrá concretarse ninguna obra”.

En virtud de estos antecedentes, aparece como necesario que toda iniciativa respecto al Edificio del Turista merezca consideración previa por parte del Consejo Asesor Permanente para la Protección del Patrimonio para que brinde su opinión y asesoramiento. Del mismo modo debería actuarse en cualquier otra intervención que a futuro se pretenda realizar en inmuebles del dominio público o privado del estado municipal que posean valor patrimonial.

De esta manera, se darán los pasos necesarios para la preservación de nuestro rico patrimonio histórico y cultural que es, en definitiva, propiedad de todos los chascomunenses y no de una administración que eventualmente tenga a cargo los destinos del municipio.

 


lunes, 11 de mayo de 2020

Coronavirus y guerra - Cuando las analogías pueden jugar una mala pasada

Coronavirus y guerra

Cuando las analogías pueden jugar una mala pasada

La pandemia del Covid-19 ha sido campo propicio para las analogías vinculadas con las conflagraciones armadas y las más variadas expresiones nacionalistas.

El virus es el enemigo, el personal de salud es la tropa que está en la primera línea de combate ocupando la trinchera, los que mueren lo hacen “en el frente como soldados” al decir del papa Francisco.

Una caricatura de Nik muestra a Gaturro con médicos, policías y bomberos clavando una bandera argentina en una suerte de recreación de la histórica foto tomada por Rosenthal cuando los marines estadounidenses levantaron la bandera en el monte Suribachi durante la batalla de Iwo Jima.

El titular del poder ejecutivo, Alberto Fernández, dijo que estamos en “una guerra contra un ejército invisible”.

En el Congreso también se animaron a esas definiciones. 

El presidente de la cámara de diputados, Sergio Massa, integrante del Frente de Todos, afirmó que la Argentina estaba en guerra contra la pandemia.

Ante estas analogías, es interesante ver lo que pasó en Gran Bretaña durante la Segunda Guerra Mundial.

Durante el blitz de 1940 y 1941, las bombas de la Luftwaffe llovían sobre Londres.

Hubo miles de muertos y se destruyeron millones de hogares.

La Cámara de los Comunes fue destruida por el bombardeo.

Sin embargo, el Parlamento británico nunca dejó de reunirse.

Sus miembros, conservadores, laboristas y liberales, lejos de amilanarse, continuaron sesionando durante todo el conflicto, incluso con más frecuencia, sin que ello significara dejar de plantear las disidencias entre los partidos o con el gobierno.

En sus famosas memorias sobre la Segunda Guerra Mundial, Winston Churchill, uno de los más grandes estadistas del siglo pasado, dijo sobre esa cuestión que “ha de contribuir, sin duda, a aumentar el renombre del Parlamento el hecho de que sus miembros continuaron reuniéndose y desempeñando sus obligaciones durante todo este período… después de todo, un Parlamento libre y soberano, honestamente elegido por el sufragio universal, capaz de derribar al gobierno en cualquier momento pero orgulloso de sostenerlo en los días más sombríos, era uno de los puntos en disputa con el enemigo. El Parlamento ganó”.

Sin embargo, pareciera que en la actual guerra declarada contra el virus, los legisladores argentinos siguen sin sesionar, a pesar de que muchos quieran hacerlo, nobleza obliga decirlo.

Consultas a la Corte, sistemas informáticos que se cuelgan, simulacros de sesiones virtuales que “no dejan conforme” al presidente de la Cámara de Diputados, negativas a celebrar sesiones presenciales en espacios amplios con condiciones de seguridad, concejos deliberantes inexplicablemente cerrados.

Quizás algunos deberían repensar el uso de las analogías que mencionábamos al principio.

De otra manera, alguien podría asociar a esos legisladores que buscan cualquier excusa para no sesionar con esos soldados que ante el avance del enemigo salen corriendo de la trinchera en desbandada hacia la retaguardia, abandonando sus armas tras de sí.


martes, 14 de abril de 2020

Debe restablecerse el funcionamiento de todos los poderes del Estado


DEBE RESTABLECERSE EL FUNCIONAMIENTO DE TODOS LOS PODERES DEL ESTADO


En la provincia de Buenos Aires, la justicia se encuentra sin funcionar normalmente desde el día 16 de marzo, y sólo se atienden cuestiones urgentes, con un criterio ampliamente restrictivo.

Desde ese entonces, miles de expedientes de diversa naturaleza en todos los juzgados provinciales de los distintos fueros se encuentran paralizados, o sea que miles de litigantes se ven impedidos de continuar sus procesos y, en definitiva, de obtener justicia.

En consecuencia, los abogados que dependen de su profesión para vivir se ven impedidos de ejercer su trabajo como auxiliares de la justicia y, por lo tanto, de obtener sus legítimos ingresos.

Por su parte, el poder legislativo provincial se encuentra también paralizado. No se celebran sesiones y, por lo tanto, no se trata ningún tipo de proyecto de ley, ni se ejercen los mecanismos de control y contrapesos que existen en el sistema republicano.

En nuestra ciudad, no somos ajenos a esas realidades. El Concejo Deliberante tampoco funciona, y el intendente gobierna a través de decretos, que amparándose en la situación de emergencia y en la falta de funcionamiento del cuerpo deliberativo avanzan sobre competencias exclusivas de ese departamento municipal.

No estamos en el siglo XIX. Hoy en día la tecnología ha sufrido importantísimos avances. Las computadoras personales se han transformado en una herramienta de trabajo imprescindible, y todos los profesionales y oficinas públicas cuentan con ellas. Lo mismo puede decirse del acceso a Internet.

La justicia provincial, aún con sus falencias, posee un importante sistema informático, con los expedientes digitalizados. Prácticamente todo puede hacerse vía electrónica (existen numerosos artículos y trabajos publicados que dan cuenta de cómo realizar diferentes gestiones y diligencias a través de la telemática), salvo ciertas diligencias.

Muchas de ellas podrían realizarse adoptando las medidas de seguridad necesarias, mientras que otras, las menos urgentes y que involucren concentración de varias personas en espacios reducidos y con extrema cercanía, podrían posponerse hasta que mejoren las condiciones sanitarias.

Lo mismo puede decirse de los cuerpos legislativos.

Aún transitando un período de emergencia, no puede admitirse una parálisis absoluta del poder legislativo. Es que justamente en estos casos, donde los poderes ejecutivos han concentrado el poder a través de esos instrumentos de emergencia, es cuando los representantes del pueblo deben ejercer un control más exhaustivo. No se trata, por supuesto, de obstruir el accionar ni de limitar las herramientas que poseen presidente, gobernadores e intendentes, sino de acompañar con la participación legislativa a través de la elaboración y la ratificación de los instrumentos pertinentes, pero sin que ello signifique dejar de controlar el accionar de aquel poder, y en caso necesario denunciarlo cuando se transforme en abusivo o lesivo de derechos fundamentales de los ciudadanos (obsérvese entonces que claramente deben estar funcionando en concordancia los tres poderes del Estado).

Reuniones de comisión virtuales, trabajo a distancia de los asesores, uso de firma digital, sesiones celebradas en forma presencial con distanciamiento social y elementos de protección, o incluso sesiones totalmente virtuales (Mendoza ya lo ha hecho), son algunas de las herramientas que se pueden utilizar.

Es necesario que todos los poderes del Estado, exponentes del sistema republicano de gobierno, vuelvan a funcionar, utilizando mientras dure la emergencia las herramientas que la tecnología pone a disposición, así como manteniendo las precauciones sanitarias.

De esa forma se garantizará el funcionamiento pleno del Estado, ya que, mientras los Poderes Legislativo y Judicial se encuentren paralizados, nunca podrá hablarse de un Estado presente, como a muchos les gusta invocar.

No cabe duda de que el Covid-19 es una enfermedad peligrosa. Pero también es peligroso que nos acostumbremos a vivir en un país donde la justicia no funcione y en donde se gobierne exclusivamente a través de decretos.

Ese país sería el paraíso y la delicia de los autócratas.

martes, 25 de febrero de 2020

Por qué no se le debe cambiar el nombre a las calles Washington y Lincoln


POR QUÉ NO SE LE DEBE CAMBIAR EL NOMBRE A LAS CALLES WASHINGTON Y LINCOLN


Y quizás a ninguna otra calle de Chascomús



Es habitual que se presenten en el Concejo Deliberante proyectos para nombrar calles y espacios públicos que carecen de denominación. De hecho, es una de las atribuciones que posee dicho cuerpo, según lo que indica el art. 27 inc. 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


Pero en otras ocasiones, se presentan proyectos que lo que buscan es cambiar el nombre de una calle o espacio público por otro, eliminando el existente.


En nuestra localidad podemos citar, a guisa de ejemplo, la obliteración de la toponimia local de la figura de Lamadrid, al cambiársele el nombre de la arteria por el de Perón.


Hoy en día, se ha generado una polémica por el cambio de nombre de un sector de la avenida Lastra por el de Néstor Kirchner, pero existen también otros dos proyectos que plantean cambiar el nombre de las calles Washington y Lincoln por el de Juan Luzian y René Favaloro, respectivamente.


No deberían aprobarse ninguno de los proyectos.


Vayamos primero a una cuestión eminentemente normativa: la calle Favaloro ya existe en Chascomús.


En la sesión del día 26 de noviembre de 2015, de la que tomé parte al desempeñarme como concejal de la UCR, se votó y aprobó el proyecto de Ordenanza N° 4658 que impuso el nombre del afamado médico a una calle ubicada en el barrio en el que se alzan las viviendas de la Cooperativa Por Un Techo Propio.


De hecho, la propuesta de quien escribe, que no tuvo eco en el Concejo, había sido la de nombrar la calle como Juan Andrada, juez comisionado de Chascomús en 1806, quien además había sido uno de los primeros milicianos de la zona. De esa manera, se daba una continuidad lógica a la nomenclatura del barrio “30 de Mayo”, pero como dije, se impuso la propuesta de Favaloro.


A ello le debemos sumar el hecho de que existe otro sitio público que homenajea al doctor Favaloro, que es la plazoleta que lleva su nombre en la esquina sudoeste del Hospital Municipal, creada gracias a una iniciativa del ya fallecido Ernesto “Cholo” Iseas, cuando se desempeñaba como concejal, a través de la Ordenanza N° 2103.


Por su parte, el prolífico Juan Luzian posee el quizás mejor reconocimiento que se le pueda haber hecho: el edificio del cuartel de los bomberos voluntarios lleva su nombre. Merecido homenaje para quien fuera el precursor de esa institución en nuestra ciudad.


Volviendo ahora a las figuras de Washington y Lincoln, digamos que sería imposible en un artículo de esta naturaleza reseñar los hechos destacados de sus vidas que ameritan su reconocimiento. Abundante literatura está a disposición de los interesados.


Aunque resulta interesante mencionar que muchos de nuestros próceres siguieron las ideas de aquellos hombres en la construcción de nuestra nación, así que mejor dejemos que sean ellos quienes nos hablen de los próceres norteamericanos.


Manuel Belgrano fue uno de los que siguió las ideas de George Washington, al punto de realizar la traducción de su discurso titulado “The address of General Washington to the people of the United States on his declining of the Presidency of the United States” que el general norteamericano escribió con motivo de retirarse de su segunda presidencia y rechazar su postulación por un tercer período. Belgrano dijo, al mandar a publicar su traducción, que suplicaba “al gobierno, a mis conciudadanos, y a cuantos piensen en la felicidad de la América, que no se separen de su bolsillo este librito, que lo lean, lo estudien, lo mediten, y se propongan imitar a ese grande hombre, para que se logre el fin a que aspiramos, de constituirnos en nación libre e independiente”.


Por su parte, Domingo Sarmiento, que había sido embajador en los Estados Unidos, escribió su libro “Vida de Lincoln”, en donde expresó que “en la vida de Lincoln encontráranse esas afinidades de existencia entre ambas Américas; y de los hechos que con ella se relacionan, deducirse han por fuerza lecciones y advertencias útiles para nuestro propio gobierno” y “la vida de Lincoln está por sí sola destinada a ser de un grande beneficio como enseñanza para los pueblos”.


Elocuentes expresiones de dos prohombres de nuestro país.


Pero volviendo a los proyectos en cuestión, ¿por qué, habiendo calles sin nombre en nuestra ciudad, se quiere cambiar los nombres de calles ya existentes y con raigambre en la comunidad?


El lector atento podrá observar que no se sugiere cambiar el nombre de calles con nombres más neutrales, por decirlo de alguna manera.


Y ahí es donde hay algo que se puede leer entre líneas, y es ese habitual chauvinismo populista que subyace en estas iniciativas.


Pareciera que el verdadero objeto fuera, no el de reconocer a personalidades locales o nacionales, sino tan solo eliminar los nombres políticamente incorrectos. Pareciera que se apuntara a los nombres que algunos insisten en identificar burdamente con los enemigos de la nacionalidad.


Pero más allá de eso, es importante señalar que los nombres de las calles tienen la impronta del pensamiento de los hombres y mujeres que en su momento propusieron esas denominaciones, y se convierten así en una suerte de estampa de los criterios que se impusieron en los determinados momentos históricos.


Y justamente por eso y por la raigambre que generan, los nombres de las calles terminan siendo apropiados por los vecinos, despiertan sentimientos de identidad y conforman parte de la tradición local. ¿Cuántos chascomunenses se siguen refiriendo a Libres del Sur como Buenos Aires?, ¿cuántos le dicen Lamadrid a Perón? Es así que podemos incluso decir que los nombres de las calles forman parte del mismísimo patrimonio cultural de nuestra ciudad.


Y todo ello, sin contar que existen varias arterias de nuestra ciudad que carecen de nombre, lo que hace que aparezca como exagerado esta insistencia en rebautizar una calle, cuando bien una consulta a la oficina que registra el catastro municipal podría indicar cuáles son las calles aún sin nombre. ¿Y qué va a pasar cuando todas las calles tengan nombre?, pues el número de calles de la traza urbana es necesariamente finito, y las personas a quienes se quiera homenajear va a seguir creciendo año a año, así que en algún momento vamos a tener que abandonar la manía de querer renombrar todo.


Y eso no debe entenderse en desmedro de las personas a quien se quiere homenajear, para quienes, con un poco de imaginación, se podrían encontrar otras alternativas.


En definitiva, existe más de un fundamento para no cambiar el nombre de las calles de nuestra ciudad.

Ni a Washington, ni a Lincoln, ni a Lastra.



Chascomús, 25/02/2020




miércoles, 1 de enero de 2020

Sobre la inconstitucional Tasa de Mantenimiento Vial y Señalética que se quiere aplicar en Chascomús


SOBRE LA  INCONSTITUCIONAL TASA DE MANTENIMIENTO VIAL Y SEÑALÉTICA QUE SE QUIERE APLICAR EN CHASCOMUS



El Concejo Deliberante aprobó, por mayoría, el proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva remitido por el intendente por el que aumenta las tasas existentes y crea nuevas, que los contribuyentes deberemos abonar en el ejercicio 2020.

Entre las tasas que se crean, llama la atención que se siga insistiendo con la denominada Tasa por Mantenimiento Vial y Señalética, que ya había sido rechazada por el Concejo Deliberante en anteriores ocasiones, pero que ahora contó con el acompañamiento de los ediles peronistas que antes se habían opuesto.

Dicha tasa prevé incorporar una suma fija por cada litro de combustible o metro cúbico de gas natural comprimido que se expenda en las estaciones de servicio de nuestro partido con el objeto del mantenimiento de la red vial, lo que incrementaría para todos los vecinos el costo del combustible (es de destacar que si bien el despacho de la Ordenanza Impositiva excluye al gasoil común y al GNC, la Ordenanza Fiscal contempla aún todos los combustibles). Sin embargo, vemos que también se aumenta la Tasa por Servicios Generales, a la que, supuestamente se le saca el concepto de mantenimiento de la red vial, cuando en todo caso debería haber existido una retracción de aquella, lo que vemos que no ocurre en este proyecto.

Llama también la atención que en el presupuesto presentado por el Departamento Ejecutivo (y aprobado también por mayoría) ni siquiera se hubiera previsto el recaudar monto alguno en concepto de la tasa en cuestión. Una simple lectura de los recursos que figuran en el denominado Rubro 1200000, 1210000 Tasas, permite observar que directamente no existe en ninguno de los incisos el monto que pretendería recaudar el municipio por el cobro de la Tasa por Mantenimiento Vial y Señalética. ¿Por qué no se lo incluyó en el presupuesto?, ¿fue un mero error de la administración o es que en realidad no estaban convencidos de la viabilidad de la tasa?, y en todo caso, ¿cómo puede aprobarse una tasa de la que ni siquiera se sabe el impacto que tendrá no sólo en la recaudación sino tampoco en el presupuesto municipal?

Ahora bien, al analizar la ordenanza local, claramente existe una doble imposición a nivel local expresamente planteada en la Ordenanza Fiscal, que surge de lo que señala el art. 194 del proyecto, al referirse a la Tasa por Servicios Rurales, que “por la prestación de servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales, y conservación de desagües públicos rurales, se abonará las tasas que al efecto se establezcan en la Ordenanza Impositiva Anual”, mientras que el art. 241 del proyecto (Tasa por Mantenimiento Vial y Señalética), se determina como hecho imponible la prestación de los servicios que demande el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red vial municipal, incluyendo los accesos a Rutas y la señalización, se abonarán los tributos que al efecto se establezcan en la Ordenanza Impositiva. A tal efecto, todos los usuarios -efectivos o potenciales- de dicha red abonarán la tasa en oportunidad de consumir o adquirir por cualquier título, combustibles líquidos y/o gas natural comprimido (GNC) en el partido de Chascomús”. Allí se puede observar la coincidencia que existe entre ambos hechos imponibles. A esta doble imposición, se le suma la que existe con relación al impuesto nacional coparticipable que se cobra a los combustibles, como se verá más abajo.

Justamente vinculado a la existencia de una doble imposición a nivel federal, es lo que hace que sea más llamativo el insistir con esta tasa, ya que ha sido declarada inconstitucional por la justicia en distintos partidos de la provincia de Buenos Aires y también en otras provincias.

El caso más emblemático en la Provincia de Buenos Aires, que sirvió como antecedente, fue el del municipio de San Miguel del Monte, en donde el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, en el caso “Rizzoli, Walter Wilson y Otros c/Municipalidad de Monte s/Pretensión declarativa de certeza”, determinó la inconstitucionalidad de la tasa en cuestión.

Algunos de los considerandos más destacados del fallo señalan que “toda vez que los municipios bonaerenses coparticipan del impuesto a los combustibles líquidos creado por Ley 23.966, la instauración de una tasa sobre un bien ya gravado, genera una doble imposición que colisiona con el régimen constitucional. Cabe recordar que el Decreto Ley 505/58, al que adhirió la Provincia de Buenos Aires mediante Decreto Ley 7374/66, crea la Dirección Nacional de Vialidad, y en su artículo 29 inc. c), compromete a las provincias como a los municipios a no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y los lubricantes con impuesto alguno” y que “el hecho de que la tasa en cuestión se perciba a través de la carga de combustible en los expendedores localizados en el Municipio, implica que todo sujeto que recargue combustible en el Municipio de Monte se vea obligado a pagar un valor excedente -y proporcional a la cantidad de combustible que consuma-, sin que exista una concreta contraprestación a cambio. Tal sería el caso de quien recarga combustible en una expendedora localizada sobre la ruta que pasa por dicha localidad y continúa su camino, sin ingresar a la localidad, caso en el cual, ni siquiera estaría usando la red vial que se intenta reparar o mantener a través del cobro de la tasa en cuestión”.

Asimismo, existieron otras presentaciones judiciales que perseguían el mismo fin, en los cuales los municipios, a sabiendas que la tasa que intentaban cobrar era inconstitucional, decidieron derogarla evitando la sentencia condenatoria, como ocurrió con Olavarría, en donde la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina había planteado la inconstitucionalidad y la causa devino en abstracto por haber derogado la tasa el municipio una vez iniciado el proceso judicial (caso “Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina c/Municipalidad de Olavarría s/Inconstitucionalidad Ordzas. 2460, 2461/99 y Dto. 78/2014”).

A ello se le suma el hecho de que la tasa que pretende imponer el Departamento Ejecutivo para todos los que carguen combustible en nuestro partido, ya ha merecido objeciones por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, que ha señalado, en diferentes fallos vinculados al estudio de cuentas de los municipios, que “el cobro de dicha tasa no goza de legitimidad por cuanto: no se corresponde con la efectiva prestación de un servicio al contribuyente y, además, por no encontrarse los municipios de la Provincia, habilitados a imponer tributos como el presente, dada la adhesión de la Provincia de Buenos Aires a la Ley del Fondo Nacional de Vialidad”.

Y lo que es más, en virtud de los abundantes antecedentes judiciales y administrativos, en el reciente fallo del ejercicio 2017 del municipio de Vicente López con fecha marzo 28 de 2019, el Tribunal de Cuentas bonaerense indicó la responsabilidad no sólo de los concejales que votaron afirmativamente dicha tasa, sino también de los mayores contribuyentes que así lo hicieron, señalando que “la totalidad de los votantes en forma positiva, sobre los términos cuestionados en las Ordenanzas mencionadas, deberán tomar nota de las responsabilidades que sobre los mismos pudieran recaer en el caso de promoverse acciones judiciales tendientes a cuestionar la legitimidad de la medida bajo estudio”, por lo que explícitamente hizo saber a todos quienes votaron la creación de esa tasa, de las responsabilidades que les podría caber en caso de los perjuicios que se le ocasionara al municipio con motivo de la aprobación de la tasa cuestionada (sin perjuicio de que en el fallo del ejercicio 2016 ya habían sido sancionados con llamado de atención todos los concejales y mayores contribuyentes que votaron afirmativamente la creación de la tasa).

A esta altura, y con los frondosos antecedentes que existen, parece como insólito que se pretenda cobrar una tasa cuya inconstitucionalidad ya ha sido declarada por diferentes tribunales, lo que, sin lugar a duda, generará perjuicios al municipio en virtud de los juicios que seguramente se iniciarán, sin contar la eventual responsabilidad de los concejales y mayores contribuyentes que autoricen la creación de esta tasa ilegal.
El viernes 3 de enero, la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes tendrá la oportunidad de rever la creación de esta nueva tasa y eliminarla del proyecto, evitando esta nueva exacción que aumentará el precio del combustible que tendremos que pagar todos los chascomunenses en las estaciones de servicio del partido.

Chascomús, 30/12/2019

(Remitido a los diarios para su publicación, publicado en El Argentino del 31/12/2019)


El estado municipal no puede promover las pseudociencias

Paradójicamente, el 24 de octubre, día en que se conmemora el día de la astronomía en Argentina (con motivo de la creación del Observatorio ...